sábado, 6 de octubre de 2012

Charla sobre: Peligros de la Explotacion No Convencional


 Tema: Peligros de la Explotacion No Convencional

Lugar: Alberdi 673 (CLIA) - Río Gallegos

Fecha: Sábado 13 de octubre - hs 17:00

Entrada: Libre y gratuita.

Temas: 
Videos, imágenes y explicaciones sobre:
- Nociones sobre formaciones geologicas
- Técnicas de perforación y explotación de petróleo No Convencional
- Impactos ambientales a las fuentes agua dulce que trae aparejado.
- Agua y químicos utilizados
- Países en los que esta detenida y prohibida esta actividad
- Actividades actuales y futuras en Argentina
- Lugares donde se quiere desarrollar la actividad en la Patagonia y en Santa Cruz

- Presentaciones gubernamentales pidiendo la detención de la actividad

Expositores:

 - Pablo Rial - Lic. en Geología - Ambientalista
- Jose Luis Janezak - Abogado - Ambientalista
- Eduardo D'Elia - Ing. en Petróleo - Ambientalista

martes, 2 de octubre de 2012

Queremos a Santa Cruz libre de Fracking



Río Gallegos, 27 de septiembre 2012
Al Sr. Gobernador de la Pcia. de Santa Cruz
D. Daniel Román Peralta
Su Despacho:

De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a Ud. en nuestro carácter de organización ambientalista, con el fin de realizar el presente pedido de informes relacionado con la producción de Gas y Petróleo en yacimientos No Convencionales de nuestra provincia a través del sistema de fractura hidráulica o fracking.
Lo fundamos en el derecho de acceso a la información pública ambiental, de acuerdo con la Ley Nº 25.831; los arts. 2, 16 y concordantes de la ley General del Ambiente 25.675; art. 41 de la Constitución Nacional; arts. 8.1 y 13 del Pacto de San José de Costa Rica; art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; art. 19.2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; artículo 15.2º del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales; concordantes de otros Pactos de derechos humanos mencionados en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional; el Principio 10 de la Declaración de Río de  Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo; y arts. 3 y 73 de la Constitución de la Provincia de Santa Cruz.
Según se ha manifestado en varias declaraciones a través de los medios de comunicación, el gobierno de Santa Cruz estaría impulsando esta actividad en el territorio.
Queremos advertir que los riesgos de esta actividad son varias veces superiores a la minería a cielo abierto y sus consecuencias son irreversibles.
La extracción e industrialización de hidrocarburos convencional y tradicional, ya es una actividad contaminante, cuyos impactos sociales, ecológicos y económicos se registran a lo largo y ancho del país, solo en nuestra provincia se calculan costos dejados por Repsol YPF del orden de los U$S 3.000 millones.
En particular la nueva tecnología para la explotación de no convencionales, conocida como fractura hidráulica o fracking, consume un volumen extraordinario de agua, energía y químicos,  degrada el suelo, el aire, y el agua, generando irreparables daños a los ecosistemas y las poblaciones. Son tecnologías en etapa experimental, y cuestionadas en todo el mundo por su incertidumbre, al desconocerse sus derivaciones, no han sido estudiados sus efectos a mediano plazo.
Preocupa la omisión hasta el momento, respecto de los impactos ambientales comprobados en países como EE.UU e Inglaterra, así como la prohibición de estas técnicas en países como Francia y Bulgaria, incluyendo moratorias en algunos estados de EE.UU., Sudáfrica, Suiza, Canadá, Australia, Nueva Zelanda y otros. Existen ya estudios científicos que ponen de manifiesto la contaminación y los graves impactos ambientales producidos: Tyndall Center del Reino Unido, Universidad de Cornell y la National Ground Water Association de EE.UU. y el Parlamento Europeo. 
Creemos que una mayor participación estatal en la actividad debe asegurar el cumplimiento de la Constitución Nacional y Provincial, garantizando los derechos de los pobladores a un ambiente sano y de los pueblos originarios sobre los territorios que tradicionalmente ocupan, derechos que las empresas transnacionales del sector vienen vulnerando y desconociendo en nuestro país.
Los requerimientos a los operadoras no tendrían que limitarse a aspectos productivos y financieros sino también al apego a la normativa ambiental específica. Entendemos que debemos cuidar celosamente nuestra naturaleza toda, apoyar tecnologías de transición que nos permitan superar la dependencia de los hidrocarburos.
Nuestra provincia tiene infinitos potenciales en Energías Renovables, como la eólica, la solar, las mareas, las olas, la hidráulica y la geotérmica entre otras. Sin embargo vemos, con impotencia, extraer de nuestro suelo los Bienes Públicos que no podrán usarse por las generaciones futuras, dejando impactos irreversibles en nuestro territorio.
Por todo lo expuesto, solicitamos se informe:
1.- ¿Cuántas son las explotaciones de gas y petróleo no convencional autorizadas en Santa Cruz, donde se ubican y cuáles son las empresas a cargo de la explotación?
2.- ¿Cuantas son las explotaciones que se encuentran en trámite de autorización, qué es lo que se les requiere para autorizar la explotación? ¿Donde se encuentran y cuales son las empresas a cargo?
3.- ¿Cual es el mecanismo que se lleva a cabo para lograr la autorización de los superficiarios donde se instalan las torres?
4.- ¿Cuáles son las leyes, disposiciones, resoluciones o instrumentos legales que son soporte de la actividad?
5.- ¿Cuales son los químicos que utilizarán en el proceso de extracción de gas y petróleo no convencional? ¿Existe una publicación del listado de los productos químicos y planillas autorizadas donde se exponen las cantidades diarias usadas?
6.- ¿Que destino tendrá el agua residual contaminada en el proceso?
7.- ¿Cual es el control que realizará la Subsecretaria de Medio Ambiente y el Instituto Provincial de Energía, sobre las empresas que operan con esta explotación por fractura, con que regularidad se harán las inspecciones y con que personal capacitado cuentan?
8.- ¿Cuales son los resguardos ambientales que se ha tomado, qué se les exigirá a las empresas en ese sentido?
9.- ¿Cuál es la relación de la explotación no convencional en Santa Cruz y la empresa YPF?
10.- ¿En que pagina oficial se encuentra a disposición la información acerca de las explotaciones de hidrocarburos en Santa Cruz?

Se adjunta un anexo con publicaciones y declaraciones referidas al objeto del presente pedido de informes.
Esperando una pronta respuesta, saludamos a Ud. atentamente.-



Anexo documentos de prensa con declaraciones del Gob. Daniel Peralta
El desarrollo de yacimientos No Convencionales en Santa Cruz que “es una noticia muy buena aunque este tipo de explotación implica una gran inversión, está en el orden de los 40 millones de dólares trabajar sobre un solo pozo, pero la expectativa de lo que se descubrió en Las Heras es enorme porque nos abre la ventana al futuro”.
29-06-12 Tiempo Sur
«Si bien el descubrimiento promete una buena perspectiva en cuanto a la explotación futura de shale oil, lo que tenemos que ver son los planes de inversión de Y.P.F. sobre esos yacimientos. Una vez que nosotros tengamos en claro que dinero hay para invertir podremos hablar de las perspectivas de desarrollo».
Refiriéndose al  yacimiento no convencional hallado en Neuquén en mayo del año pasado, recordando que “recién está en los 10 mil metros cúbicos y en su primera etapa de producción. Nosotros estamos en la etapa de descubrimiento, ahora vamos a la exploración y, posteriormente, a la explotación. Para nosotros es enorme el valor a largo plazo porque pone a Santa Cruz en el marco de una provincia igual que Neuquén, seríamos el segundo Estado del país con potencialidad para el desarrollo de esto, pero necesitamos inversiones, sin plata todo es verso, no cierra como ecuación”.
01-08-12 La Prensa de Santa Cruz
“Acordamos que un equipo técnico integrado por profesionales de YPF y de la provincia definirá en unos diez días más los números, de acuerdo al marco regulatorio, del canon de renegociación”
“Por otra parte, la normativa provincial no diferencia el petróleo convencional del no convencional, y atento a que los costos de extracción son muy distintos, desde la petrolera, se espera un tratamiento diferencial en cuanto al porcentual de regalías, cuando se llegue a la etapa de producción.”
24-08-12 Imagen y Noticias
El gobernador de Santa Cruz, Daniel Peralta, adelantó que, según evalúan las autoridades y especialistas locales, el pasivo “estará en el orden de los U$S 3.000 millones”.
24-05-12 Tiempo Argentino

lunes, 1 de octubre de 2012

Pedimos a nuestros Diputados Nacionales la Ley de Gestión de Basura Electrónica

Buenos Aires,1 de octubre de 2012
HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
Sr.Diputado:



Las organizaciones abajo firmantes, nos dirigimos a Uste para solicitarle el urgente tratamiento y sanción del proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE),que cuenta con media sanción el Senado y se encuentra a la espera de su tratamiento en la Cámara Baja desde el mes e mayo de 2011. De no aprobarse durante lo que resta el año, el proyecto de ley perderá estado parlamentario, dilapidando el trabajo realizado por más de 4 años por legisladores, ONG, organismos del Estado, Cámaras y empresas e recicladores.
La basura electrónica es la porción más tóxica de los residuos que generamos domiciliariamente, además de ser una de las fracciones que más rápido está creciendo. Durante 2011, en Argentina se descartaron 10 millones e teléfonos celulares; más de 1,2 millones de computadoras y más de 400 millones e pilas y baterías. El 50%e estos artefactos son acopia os en hogares y oficinas, el 40% termina en rellenos y basurales y sólo el resto es reciclado.
Los residuos de aparatos electrónicos y eléctricos contienen sustancias tóxicas como mercurio, plomo, cadmio y también materiales valiosos que pueden ser reciclados, como cobre, oro, plata, etc. Por ejemplo, un celular puede reciclarse en más de un 90%. Cada vez que un residuo electrónico es arrojado a la basura no sólo se contamina el suelo, el agua y el aire, afectando la salud de la población, sino que además se desperdician cientos de materiales que pueden reinsertarse al sistema productivo.
En tal sentido, la inmediata sanción de la ley significaría un fuerte avance en busca el tratamiento adecuado de los RAEE y la prevención e los riesgos que su manejo actual importa, por tratarse de una herramienta fundamental que no puede estar ausente en el adecuado abordaje que su generación y disposición final conlleva.
En función e lo expuesto, como entidades de la sociedad civil, profundamente preocupadas por la crisis creciente de los residuos sólidos urbanos en general, y e los residuos electrónicos en particular, y teniendo en cuenta la urgencia el problema a resolver y los plazos con los que cuenta el Congreso para hacerlo, es que instamos a que de forma urgente arbitre las medidas necesarias para que el proyecto sea tratado.
Sin otro particular, lo saludamos muy atentamente.







 

miércoles, 19 de septiembre de 2012

EL MONÓXIDO DE PLOMO, UN VENENO DE VENTA LIBRE

A pesar de tratarse de un tóxico altamente peligroso, el Oxido de Plomo o Litargirio se puede conseguir cándidamente en ferreterías y casas de construcción de gran parte, por no decir todas las provincias argentinas, ya que el mismo es de venta libre y se lo utiliza, entre otras actividades, en construcción para el sellado de roscas de cañerías de agua y gas.

Es así que podemos conseguirlo, en su presentación típica, envases plásticos de 250 o 500 gramos que no cumplen ninguna normativa ni poseen indicación de seguridad, aunque también se ofrecen en bolsitas plásticas.

Ahora bien, si leemos la Ficha Internacional de Seguridad Química ICSC (Intenational Chemical Safety Cards) 0288, nos enteraremos que el monóxido de plomo genera alto riesgo durante el embarazo con efectos adversos sobre el feto al punto que, como medida de prevención, se indica que se debe evitar todo contacto de las mujeres embarazadas con la sustancia.

Comprenderemos además, que el monóxido de plomo genera posible riesgo de perjudicar de forma permanente la fertilidad humana, que es nocivo por inhalación y por ingestión, que es peligroso por sus efectos bioacumulativos y muy tóxico para los organismos acuáticos.
 
Uno se pregunta entonces, ¿porqué podemos comprar sin ninguna restricción este tóxico, por todos conocido, si solo contamos con el deseo y unos pocos pesos en el bolsillo?.
 
Quizá la respuesta sea que, debido a que la presentación comercial no tiene indicación alguna acerca de la peligrosidad de la sustancia y que los envases no nombran la palabra plomo, nadie se percata del riego asumido por el compuesto que está usando y almacenando luego de su uso en cualquier sitio del hogar.
 
O bien, que no sea creíble o no se internalice su peligrosidad debido a que se trata de una sustancia absolutamente familiar cuyo uso data desde hace decenas de siglos.
Tengamos en cuenta que existen evidencias que indican que el Plomo se utilizaba en Asia Menor desde el año 5000 antes de Cristo, los que nos lleva a afirmar que fue uno de los primeros metales que uso el hombre para trabajar.
 
Como ejemplo de la potencialidad de daño podemos tomar el caso de los romanos, que lo usaron para la fabricación de conductos de agua y utensillos diversos, especialmente destinados al almacenamiento de vino, lo que llevó a muchos historiadores a explicar la locura y excentricidad de numerosos emperadores y su corte en el saturnismo (intoxicación crónica por plomo o “saturno” como llamaban los alquimistas a este elemento) que le generaba la ingesta permanente en recipientes contaminados.

En el año 360 antes de Cristo, el médico griego Hipócrates de Cos, el mismo del juramento Hipocrático que confirman todos nuestros médicos al momento de recibir su título, logra relacionar síntomas específicos de un trabajador minero con la exposición al plomo.

El plomo dentro del organismo no se transforma en otras especies, se acumula y permanece en el cuerpo por largos periodos de tiempo. Además, la inhalación o ingestión de monóxido de plomo puede ser fatal si las dosis son extremas.
 
No existe plomo naturalmente en el cuerpo y no se ha identificado ninguna función benéfica del plomo en el organismo humano.
 
Una vez que el plomo ingresa al organismo pasa rápidamente al torrente sanguíneo y se distribuye de forma no homogénea en el cuerpo, siendo su vida media en sangre y tejido blando de alrededor de 30 años y períodos aún mayores en los huesos.
 
La exposición a monóxido de plomo (por ingestión o inhalación) afecta casi todos los órganos y sistemas del cuerpo, siendo el más susceptible el sistema nervioso central.

La exposición a niveles altos provoca debilidad en dedos, muñecas y tobillos, puede afectar el sistema reproductivo masculino y posiblemente perturba la memoria.

Además causa anemia, disminución de las células sanguíneas y alteración de las funciones nerviosas, aunque, cabe aclarar que estos efectos no se han podido relacionar con exposiciones a bajos niveles.
 
En cuanto a las condiciones de manejo y almacenamiento seguro orientadas a la disminución del riesgo a la salud humana, nos encontramos con que la carta ICSC 0288 reza que, debe evitarse la exposición y deben recabarse instrucciones especiales antes del uso del litargirio. Además, en caso de accidente o malestar, se debe acudir inmediatamente al médico si es posible mostrándole la etiqueta del producto, cosa que, como ya dijimos, no existe en los recipientes de los que estamos hablando. Por cuerda separada, se debe eliminar el producto y su recipiente como residuos peligrosos, de acuerdo, en nuestro caso a la ley Nacional número 24051 o ley Provincial de adhesión número 8973 y se debe evitar la liberación al medio ambiente.
 
La ficha de seguridad también indica que el litargirio se debe almacenar en lugares bien ventilados, frescos y secos, los contenedores de almacenamiento deben estar cerrados herméticamente y protegidos del daño físico para prevenir derrames, se deben señalizar las áreas donde puede presentarse exposición a monóxido de plomo y crear accesos restringidos solo para personas autorizadas, cosa que evidentemente no cumple una góndola de algún comercio. Resulta obvio que ni el vendedor, ni el comprador cumple con los requisitos que rezan que se debe evitar el contacto con oxidantes y metales activos químicamente, debido a la posibilidad de presentar reacciones violentas y que no se debe permitir comer, beber o fumar en las áreas donde se manejan, procesan o almacenan sólidos o líquidos que contienen litargirio.
 
El plomo es antes que nada un constituyente natural de la Tierra y sus concentraciones normales en suelo seco oscilan entre 10 y 50 partes por millón.

La verdadera paradoja es que el plomo viene siendo activamente perseguido, se lo sacó de las naftas (en realidad se los sustituyo por otras sustancias tan o más peligrosas, pero eso será tema de otro artículo), se lo detecta en niveles de partes por billón en alimentos, en agua, en suelo, se intenta prohibir su uso en cualquier actividad, que no sea las baterías porque ahí nos quedamos sin automóviles y eso no parece ser prioridad, por ahora, de ninguna agenda ambiental que se precie de democrática, mientras en nuestras casas o negocios del ramo cercanos tenemos, monóxido de plomo, una versión altamente venenosa, que se compra, usa y almacena sin seguir norma ninguna y en concentraciones de 98 a 100 partes de 100, o sea veneno puro y al alcance de la mano.


Darío Sbarato
Ex Secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba.
Actual Vicepresidente de IRePCySA La Rioja.