Sigue la construcción de la termousina pero Isolux Corsán nunca rectificó el estudio de Impacto ambiental, tal como fue observado a través del Dictamen Técnico elaborado con posterioridad, donde se señalan gruesas fallas y omisiones, en las que incurrió (e incurre) la empresa al momento de realizar las evaluaciones ambientales y técnicas. Hoy ponemos a disposición de los lectores, otros factores que se verán impactados y los cuales no han sido relevados, estudiados ni analizados dentro de los parámetros científicos correspondientes, pero la construcción, sigue adelante.
Regularmente Juan Carlos Goycochea, el Presidente de Isolux Corsán, empresa a cargo de la construcción de la termousina de Río Turbio, sale a justificar el apego a las normas medioambientales de la constructora y trata de llevar paz y tranquilidad a la población sobre aspectos preocupantes, pero los cuales aborda con defectuoso rigor científico.
Esa falta de rigurosidad científica, a la hora de hablar públicamente y asegurar, por ejemplo, que las emanaciones tóxicas de la chimenea “nunca llegarán a los glaciares” o “que los vientos irán para el Estrecho de Magallanes” o que “de la usina a los glaciares hay 300 Kms de distancia (en realidad hay menos de 90) y por lo tanto los gases se disiparán”, es la misma que se manifiesta en el Estudio de Impacto Ambiental desarrollado por Isolux, previo a la obra y que fuera puntualmente objetado en el Dictamen Técnico donde se indica claramente lo que no se hizo, lo que se hizo mal y aquello que está pendiente de hacer, para que el EIA sea, realmente, un documento valorable en sí mismo y tenga el rigor científico que merece un estudio de tanta importancia y no solo un instrumento para completar un requerimiento burocrático más, que exige el sistema.
Sin embargo ese Dictamen Técnico nunca fue tenido en cuenta ni se ha modificado el EIA, tal como hubiera correspondido. “Hasta donde yo se, a pesar de las recomendaciones que se hicieron, en función de los errores que se hallaron en el EIA, nunca se modificó ni se incorporaron las observaciones, cuando lo que hubiera correspondido es que se rectificaran los puntos detallados en el dictamen, pero insisto, no me consta y como participante de la corrección en el ámbito de mi competencia, no me ha llegado comunicación sobre que esto se haya cumplido”, nos informó un especialista en bosques, consultado al respecto.
Con el ánimo de seguir aclarando esta irregularidad y prosiguiendo lo que iniciamos con nuestra nota el 15 de abril, cuando nos propusimos ir desarrollando las observaciones del DT, vamos a abordar en esta oportunidad las falencias que muestra el EIA en cuanto a los estudios preliminares que se han hecho del medio físico y el medio biótico circundante.
En el Cap. Nº 5 denominado “Línea de Base Ambiental”, se citan los errores detectados en el medio físico y en tal caso se señala que en el EIA falta describir la dinámica de la napa freática, determinar filetes de flujo, permeabilidad de los diferentes sitios de interés, gráficos de calidad de agua para realizar monitoreos. Esto deberá ser volcado en un mapa a escala correspondiente.
Falta evaluar qué tipo de régimen presentan los chorrillos Arroyo Dolores y Chorrillo Cañadón de los Loros: realizar monitoreo ya que los mismos se ven afectados por la pluma emitida por la chimenea.
En el EIA se ha minimizado la actividad volcánica y sísmica, habiendo en la provincia antecedentes relevantes.
Se han cometido errores de tipeado en la expresión de los análisis químicos sobre carbón, cenizas y recurso agua. Revisar y corregir.
Se considera necesaria la toma de muestras de agua y sedimentos en el Río Gallegos en diversos puntos desde la confluencia con el Río Turbio hasta la toma de agua en Palermo Aike. Determinar los mismos parámetros fisicoquímicos que en el EIA.
Muestrear calidad de suelo, contenido en metales, valor de infiltración – permeabilidad en aquellas zonas donde se va a ver afectada por la pluma de gases y material particulado según modelizado realizado en el EIA.
Sobre estos ítems observados luego el Dictamen Técnico agrega el Medio Biótico y allí menciona las consideraciones omitidas en relación con la Fauna. Al respecto y en este punto se observa:
El listado de especies faunísticas tanto mamíferos como aves que se presenta es insuficiente, según lo indicado en el informe presentado por el Consejo Agrario Provincial. El mismo se adjunta al presente Dictamen Técnico.
Además se encuentran en el área de estudio especies de alta prioridad a nivel de conservación, entre ellas: Cóndor andino (vultur griphus) recientemente declarado Patrimonio Provincial, el Pato de anteojos (Speculanas specularis) especie casi amenazada (Birdlife International) de acuerdo a su bajo número poblacional, el Yal plomizo (Phrygilus unicolor) especie de la cual se desconocen ciclos migratorios y de nidificación pero de presencia en áreas determinadas en la cuenca, como así también dos ejemplares del género Thinocoridae como ser la Agachona grande (Attagis gayi) y Agachona patagónica (Attagis malouinus) de especial valor turístico y de conservación determinando su presencia sobre la “Meseta de la Torre”, meseta de altura ubicada al este del emplazamiento futuro del emprendimiento energético, señalando además la presencia de otra especie redescubierta cerca de la cuenca carbonífera como es la Gallineta chica (Rallus antarticus) declarada especie vulnerable y de mayor estado de conservacionismo por Birdlife International. Se adjunta informe.
Se considera necesario un muestreo para determinación de metales pesados en trucha Salmo trutta, Los puntos de muestreo deben ser en la zona del río aledaña a la obra y en la unión del Río Gallegos con el Río Turbio, pozón La Pescadería, las muestras deben ser de tejido muscular y de hígado, además de lectura de edad mediante el método de escamas. Para la realización de los muestreos deben tramitar previamente el permiso correspondiente en la Subsecretaria de Pesca y Actividades Portuarias.
Luego hace lo mismo con la Flora y al respecto advierte que en la confección del EIA no se cumplieron los siguientes parámetros:
No hay una descripción de las especies que componen el sotobosque e inclusive se da a entender que el mismo no es importante en la zona boscosa. Por lo tanto es inconsistente la información sobre la biodiversidad del bosque.
La alternativa 2 de ubicación de la Central Termoeléctrica, se describe como el área de bosque quemado, el cual es un suelo de aptitud forestal posible de restauración de bosque nativo.
Según la Ley Nacional Nº 26.331 (Presupuestos Mínimos para el Bosque Nativo) y de acuerdo a la zonificación del bosque nativo para su uso, establece que se declara a la cuenca carbonífera como Zona Amarilla, en donde cualquier modificación y/o alteración a lo largo o mediano plazo deberá contar con estudios y Proyectos de manejo Sustentable.
Respecto a humedales y mallines no se menciona ni indica dinámica hídrica de los mismos e impactos que ocasionaría la deposición de los residuos y emisiones sobre dichas áreas de gran importancia ecológica.
Silencio oficial
No existe de parte del gobierno ni de Isolux Corsán una comunicación oficial sobre el cumplimiento estricto de lo observado por el Dictamen Técnico, estudio solicitado por la misma autoridad provincial. La falta de incorporación al EIA de las observaciones emanadas de este documento, admite que sus autores se pregunten ¿Para qué nos pidieron realizar este tipo de trabajo, si luego no se incorporan las correcciones y no se hace nada con todo el material abordado?. La respuesta, obviamente no la tenemos nosotros y las autoridades no la dan; sin embargo, el presidente de la empresa española persiste en difundir detalles técnicos falaces, incompletos y sesgados de la realidad encontrada por los especialistas que estudiaron el EIA y su falta de rigurosidad técnica. (Agencia OPI Santa Cruz)
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